REACH
En 2007 entró en vigor el Reglamento (CE) 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, conocido como REACH, aprobado el 18 de diciembre de 2006
El Reglamento REACH regula el registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y los preparados químicos, con el objetivo de garantizar un elevado nivel de protección de la salud humana y del medio ambiente, así como la libre circulación de sustancias en el mercado interior.
REACH afecta a todas las sustancias químicas fabricadas o importadas en la UE en cantidades a partir de una Tonelada anual.
Fabricantes, importadores, productores de sustancias, importadores de artículos y sus representantes exclusivos en la UE deben registrar las sustancias y sus usos en unos plazos que dependen de tonelajes y peligrosidad, de tal forma que no se comercialice ningún producto sin registrar.
REACH incluye los siguientes procesos:
- PRE-REGISTRO y REGISTRO
- EVALUACIÓN de algunas sustancias por los Estados Miembros
- AUTORIZACIÓN de sustancias especialmente preocupantes (cancerígenas, mutágenas, tóxicas para la reproducción, etc.)
- RESTRICCIÓN de usos de sustancias a nivel comunitario
REACH atribuye a la industria la responsabilidad de aportar datos y gestionar los riesgos asociados a las sustancias químicas.