REACH

En 2007 entró en vigor el Reglamento (CE) 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, conocido como REACH, aprobado el 18 de diciembre de 2006

 

El Reglamento REACH regula el registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y los preparados químicos, con el objetivo de garantizar un elevado nivel de protección de la salud humana y del medio ambiente, así como la libre circulación de sustancias en el mercado interior.

 

 

REACH afecta a todas las sustancias químicas fabricadas o importadas en la UE en cantidades a partir de una Tonelada anual.

 

 

Fabricantes, importadores, productores de sustancias, importadores de artículos y sus representantes exclusivos en la UE deben registrar las sustancias y sus usos en unos plazos que dependen de tonelajes y peligrosidad, de tal forma que no se comercialice ningún producto sin registrar.

 

REACH incluye los siguientes procesos:

 

  • PRE-REGISTRO y REGISTRO

 

  • EVALUACIÓN de algunas sustancias por los Estados Miembros

 

  • AUTORIZACIÓN de sustancias especialmente preocupantes (cancerígenas, mutágenas, tóxicas para la reproducción, etc.)

 

  • RESTRICCIÓN de usos de sustancias a nivel comunitario

 

 

REACH atribuye a la industria la responsabilidad de aportar datos y gestionar los riesgos asociados a las sustancias químicas.

 

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